Normativa de piscinas en Andalucía 2026: lo que debes saber antes de construir
Resumen actualizado de la normativa aplicable en Andalucía a piscinas privadas, comunitarias y de uso colectivo: Decreto 485/2019, RD 742/2013 y licencias.
Construir o gestionar una piscina en Andalucía implica cumplir varios niveles normativos: la ordenanza urbanística municipal, el Código Técnico de la Edificación en estructura e instalaciones, el Código Estructural (RD 470/2021) para el vaso de hormigón, y la normativa técnico-sanitaria estatal y autonómica cuando la piscina no es de uso exclusivamente unifamiliar.
A nivel sanitario estatal rige el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, sobre criterios técnico-sanitarios de las piscinas. En Andalucía, el marco autonómico vigente es el Decreto 485/2019, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico-Sanitario de las Piscinas en Andalucía. Este decreto deroga expresamente el antiguo Decreto 23/1999.
El Decreto 485/2019 se aplica, entre otras, a piscinas de uso público (tipos 1 y 2) y a piscinas privadas tipo 3A de comunidades de propietarios con 20 o más viviendas. Las comunidades de menos de 20 viviendas y las piscinas de viviendas con fines turísticos tienen un régimen más reducido, alineado con el artículo 3.2 del RD 742/2013 y con partes concretas del decreto andaluz.
Para piscinas privadas de uso unifamiliar (tipo 3B), lo habitual es que el ayuntamiento exija licencia de obra o declaración responsable, según el tamaño del proyecto y si la parcela está en suelo urbano o no urbanizable. Es imprescindible comprobar los retranqueos mínimos a linderos, que varían por municipio en Granada, Málaga y Almería.
En seguridad e instalaciones, las piscinas de uso colectivo pueden exigir vallado, señalización de profundidades, elementos de salvamento y, según aforo y tipología, presencia de socorrista. Las instalaciones eléctricas en zona de baño deben cumplir el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) en lo relativo a volúmenes de protección junto al agua.
Desde 2023, el Real Decreto 3/2023 modificó el RD 742/2013 para exigir cualificación profesional específica (SEA757_2 u homologables) al personal que ejecuta el programa de tratamiento del agua en piscinas afectadas. Tras acuerdos de la Comisión de Salud Pública en octubre de 2025, el plazo de adaptación se prorrogó de forma excepcional; conviene confirmar siempre el calendario vigente con la administración sanitaria competente.
En NereoPools diseñamos cada proyecto teniendo en cuenta desde el inicio la normativa aplicable y ayudamos con la documentación técnica para la tramitación de licencias en los municipios donde trabajamos, evitando sorpresas o cambios de última hora en obra.
